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¡Cuidado! Falsas inmobiliarias estafan a cientos de peruanos

alquiler de una propiedad

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A puertas de que muchos peruanos reciban su gratificación por el mes de julio, las estafas están a la orden del día. Y más, cuando se trata de comprar un inmueble o terrenos para la construcción de casas, ya que según el Instituto Nacional de Estadística (INEI), existen mafias que se dedican íntegramente usan este modus operandi.

Además, el INEI señala que estos últimos años, las estafas inmobiliarias han incrementado por la poca información que se da a la ciudadanía. El estafador pone el anuncio de la venta de un inmueble, utilizando como medio el Internet o incluso una oficina desde donde ofrece la propiedad.

Luego, pide adelantos a sus futuros compradores y, al final, desaparece. Para evitar ser víctima de este tipo de estafa, se recomienda investigar a la empresa con la que se pretende contratar y se verifique previamente en Registros Públicos a los propietarios.

¿Qué hacer?

Ir al Sistema Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) para verificar la existencia de la empresa. También es recomendable que el comprador realice los pagos por tramos. Lo peor que podría hacer sería entregar mucho dinero al inicio, ya que incluso si se entablara un juicio y ganara, sería difícil cobrar a alguien que no cuenta con capital.

Cuando decidimos adquirir un inmueble, muchas veces no se realiza una verificación previa del título de la propiedad. En ocasiones, en el Registro de Predios se presentan duplicidades de partidas registrales, es decir, un mismo bien puede estar inscritos a nombre de varios propietarios. Para que esto ocurra, se suele recurrir a presentar documentación falsa.

La doble venta es uno de los recursos más usados para cometer estafas inmobiliarias. El hecho de no registrar debidamente en la SUNARP un inmueble adquirido, significa que este sigue perteneciendo al anterior propietario, quien puede volver a venderlo indefinidamente a otras personas.

Ante una situación de conflicto como esta, la ley determina proteger a la persona que inscribió su propiedad en Registros Públicos. Así, frente a un acto de doble venta, si hay una persona que sí inscribió el inmueble, el ordenamiento jurídico la protege.

 

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