Nueva normativa para realizar tasaciones

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Un nuevo marco normativo para las tasaciones de bienes muebles e inmuebles que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Vivienda) a solicitud de las entidades y empresas estatales de derecho público o derecho privado, estableció este portafolio.

Se trata del Reglamento del Registro de Peritos Adscritos, Procedimiento Administrativo de Inscripción de Peritos y los Servicios de Tasaciones Prestados en Exclusividad de esta cartera, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 025-2017-VIVIENDA.

Lineamientos

Para la inscripción en el Registro de peritos adscritos al sector Vivienda a efectos de aquellas tasaciones, se considerará a todo profesional colegiado hábil, con un mínimo de cinco años en el ejercicio de la profesión con capacitaciones acreditadas y experiencia en tasaciones compatible con la carrera profesional.

Corresponderá al perito inscrito efectuar la tasación del bien que le asigne este portafolio dentro del plazo establecido y de forma personal, atendiendo a que deberá absolver oportunamente las observaciones o consultas sobre el informe técnico de tasación.

La tasación de bienes muebles será de tres tipos: A para muebles, enseres, equipos de oficina, repuestos y chatarra; B para vehículos, equipos y maquinaria liviana; y C para equipos y maquinaria pesada o de mayor complejidad.

El plazo máximo para la tasación será de 15 días hábiles, computados desde la fecha de recepción del expediente.

Para los bienes inmuebles, la tasación será comercial, cuando se utilicen valores de libre mercado aplicando métodos directos e indirectos u otros sustentados; y reglamentaria cuando se usen valores correspondientes a los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación.

Ambas podrán realizarse para los predios urbanos, rústicos y terrenos eriazos, y el plazo máximo para efectuar cada una será de 20 días hábiles desde la recepción del expediente.

Prohibiciones

No podrán inscribirse como peritos adscritos los condenados en el país o en el extranjero mediante sentencia consentida o ejecutoriada por delitos de corrupción, tráfico de influencias, entre otros. Tampoco podrán inscribirse los que como funcionarios, servidores o directivos públicos tengan sanción disciplinaria e inhabilitaciones ordenadas por el Poder Judicial, ni los que estén inhabilitados en el colegio profesional correspondiente. La norma reglamentaria fija requisitos para las solicitudes de tasaciones de bienes, según sean muebles o inmuebles.

Apuntes

El plazo para determinar el valor de tasación con fines de adquisición o expropiación de bienes inmuebles será de 2 meses, contados a partir de la fecha de la designación del perito.

En tanto que el plazo para la tasación orientada a fijar el valor estimado del inmueble con fines de adquisición o expropiación será de hasta 30 días computados desde la fecha de designación del perito.

La citada norma reglamentaria establece los requisitos y el formato del formulario para la inscripción de los peritos tasadores.

Corresponderá a la Dirección de Construcción evaluarlos para proponer al sector Vivienda la inscripción en la nómina.

Original: El Peruano

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